El pasado 8 de Mayo 2019, se aprobó el decreto 8/2019 por el que se regula la instalación y la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Este decreto modifica y deroga el anterior, el 48/2008 del 18 de julio por el que los y las riojanas se regían tanto para la instalación como para la utilización de un equipo de desfibrilación.
Analicemos las novedades más importantes:
¿Quién puede instalar un DESA?
Cualquier persona puede instalar en sus dependencias un desfibrilador. Las únicas condiciones que debe cumplir son dar el equipo de alta en la administración riojana y mantenerlo según las condiciones que explica el decreto.
Recordamos que el área de sanidad riojana puede realizar revisiones periódicas del estado de los equipos, por lo que es importante que esté acorde con la legislación vigente.
¿Quién puede utilizar un DESA?
Para poder utilizar un desfibrilador externo semiautomático, se deberá de superar (como hasta el momento) un curso teórico-práctico inicial de 8 horas de duración y superar dos pruebas de evaluación: una teórica y otra práctica. El programa de esta formación, está detallado en este decreto, pero podemos decir que prácticamente no hay ningún cambio con respecto a la legislación anterior.
Pero en este apartado viene una de las modificaciones más importantes de este nuevo decreto:
Hasta el momento, la acreditación tenía una validez de 2 años. Pasado ese tiempo, se debía renovar con un curso de 4 hora de duración… pero eso ya es historia, ya que a partir de la aplicación de esta nueva normativa, la acreditación tendrá carácter indefinido, es decir, ya no hace falta realizar el curso de renovación.
A título personal, debo decir que no me parece que este aspecto sea un acierto, ya que si bien es verdad que el uso de un desfibrilador es muy sencillo, no debemos olvidar que es un equipo que es complementario a la rcp, y que si no recordamos el protocolo para la realización de estas maniobras, tendremos problemas a la hora de su uso.
¿Una persona que no tenga la acreditación puede utilizar un DESA?
Si en el momento de necesitarse el uso de un desfibrilador no hubiera ninguna persona con la acreditación, el equipo se podría utilizar de manera excepcional siempre que el centro de coordinador de urgencias y emergencias sanitarias (1.1.2.) lo autorice.
Hay que recordar que sigue siendo obligatorio el relleno de la “hoja de registro de utilización de DESA”, después de cada uso de un desfibrilador para su envío a Rioja Salud.
REDESA
A raíz de este nuevo decreto, se crea el “Registro de desfibriladores semiautomáticos externos de La Rioja (REDESA).
Este registro constará de:
-Sección de equipos instalados (ubicación y horario de acceso incluido)
-Sección de personal autorizado para su utilización
-Sección de personas y entidades autorizadas para la formación (recordamos que Proyecto Salvavidas está acreditada para la formación de uso de desfibriladores en todas las Comunidades Autónomas)
La Administración Pública cederá este registro al servicio de emergencias 1.1.2. para su consulta y utilización y a RiojaSalud, que lo hará público en su portal de internet.
Este modelo de registro ya existe en el País Vasco, y es actualizado, consultado y descargado mes a mes por mucha gente que está interesada en conocer dónde puede acceder a un DESA.
Remarcamos también el Anexo I de este nuevo decreto sobre el equipamiento mínimo que debe de existir junto con el desfibrilador:
- Teléfono de comunicación con 112.
- Desfibrilador semiautomático externo con dos juegos de parches y sistema informatizado de registro de
los sucesos.
- Rasuradoras de vello, gasas y tijeras.
- Mascarilla facial
- Balón autohinchable.
- Cánulas orofaríngea de diferentes tamaños.
El primer punto es importante: las instalaciones donde se encuentre colocado el DESA debe de disponer de un teléfono desde donde se pueda contactar con el 1.1.2. Sos Rioja.
Aunque este punto no es importante para aquellos equipos situados en instalaciones cerradas (lo normal es que prácticamente todos tengan acceso a un teléfono), si que es vital para aquellos desfibriladores que se encuentran instalados en vía pública (plazas de pueblos, por ejemplo).
Se incorpora la obligación de disponer en el kit de primer interviniente de rasuradoras (para el vello corporal), gasas (para secar el cuerpo en caso de que esté mojado y tratamiento de hemorragias) y tijeras (Preferiblemente cortarropa para facilitar el acceso al pecho de la persona a tratar).
También debe de encontrarse en cada equipo una mascarilla facial (método de barrera), el balón autohinchable (conocido como AMBÚ) y cánulas orofaríngeas (Cánulas de Guedel).
La nueva legislación tiene cosas buenas y cosas malas, como todas. Pero si que es verdad que personalmente pienso que la no existencia obligatoria de reciclajes es un punto negro importante, ya que las pautas de como realizar una RCP con desfibrilador, al no utilizarse día a día, las vamos olvidando.
En los reciclajes que he realizado a lo largo de los años, los y las alumnas han declarado unánimemente que el reciclaje es fundamental, y que debería de ser cada 2 años máximo, por lo que creo que es un paso atrás en la normativa. Aún así, se han puesto en contacto conmigo poseedores de desfibriladores que me han dicho que ellos van a seguir realizando esos reciclajes… buena noticia, ya que eso significa que la concienciación con este asunto, básico y vital (nunca mejor dicho) para cualquier sociedad es alta en la tierra del vino.
Jorge García
Delegado e Instructor Proyecto Salvavidas Zona Norte
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